Secretaría de Organización y Gestión Penitenciaria

Una de las funciones principales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos es trabajar para la reinserción social de quienes están privados de su libertad. Bajo esta premisa, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos desarrolla políticas penitenciarias para garantizar los derechos humanos de internas e internos alojados en los establecimientos carcelarios de la Provincia.

En ese marco, la Secretaría de Organización y Gestión Penitenciaria centra sus políticas en tres ejes: trabajo, educación y condiciones de habitabilidad. A través de la educación formal y no formal, y la capacitación en diversos oficios, las personas privadas de su libertad pueden ampliar sus posibilidades de integración al medio social, familiar y laboral.

Asimismo la Secretaría se ocupa de la profesionalización del Servicio Penitenciario de la Provincia de Córdoba para custodiar y acompañar en este proceso a las personas privadas de su libertad, de acuerdo a los estándares jurídicos internacionales y los objetivos institucionales.

El programa de “Formación de Derechos Humanos en Contextos de Encierro” para el personal del Servicio Penitenciario y los internos e internas, y la “Mesa de Trabajo de Promoción y protección de los derechos humanos en establecimientos penitenciarios”,- que aúna iniciativas y esfuerzos de distintos sectores del Estado y de la sociedad civil-, apuntan a mejorar las condiciones de vida en las cárceles, de los internos/as y el personal penitenciario, y a garantizar los derechos humanos en las mismas.

En articulación con el Poder Judicial, se establecieron Unidades de Defensa Pública dentro de los Establecimientos y Complejos Carcelarios, para facilitar a internos e internas el acceso  directo a la justicia y a defensores y generar oportunidades de resolución de conflictos.

Las actividades y programas que se desarrollan en cárceles se consolidan en un trabajo mancomunado  con diferentes actores: diferentes áreas del Estado Provincial, Universidades, y organizaciones sociales, que marcan la apertura de los contextos de encierro al resto de la sociedad.

Es importante señalar que las acciones de la Secretaría se realizan  en estricto cumplimiento de la Ley de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad N° 24660, que determina los alcances del encierro, los derechos, las garantías, los deberes que tienen las personas privadas de libertad, teniendo como norte: la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Convención sobre la Eliminación de Toda Forma de Discriminación Contra la Mujer, la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. En consonancia además con las ¨Reglas Mínimas para el Tratamiento de Reclusos¨ adoptadas por la Organización de las Naciones Unidas, que, si bien carecen de la misma jerarquía constitucional que los tratados mencionados, se han convertido en virtud del art 18 de la Constitución Nacional, en estándar internacional respecto de las personas privadas de libertad.