El Ministerio de Justicia y Trabajo entiende en:
- La coordinación de las actividades del Poder Ejecutivo con el Poder Judicial.
- El nombramiento de los magistrados y miembros del Ministerio Público de conformidad a la Ley; integrando el Consejo de la Magistratura y propiciando la actualización de su organización y funcionamiento.
- La elaboración y ejecución del Plan Provincial de Reforma Judicial, la actualización de la legislación provincial y la adecuación de los códigos locales.
- La organización, dirección, control y fiscalización de los registros de reincidencias, inhabilitaciones y antecedentes judiciales de las personas procesadas y el intercambio de la información respectiva en todas las jurisdicciones.
- La disposición y puesta en funcionamiento de métodos alternativos para la resolución de conflictos (mediación, conciliación, arbitraje, negociación) y de programas de asesoramiento jurídico gratuito para personas sin recursos.
- La elaboración de programas de asistencia a las víctimas del delito.
- La organización del Servicio Penitenciario, el funcionamiento y supervisión de los establecimientos penitenciarios, carcelarios e institutos penales y de sus servicios asistenciales, promoviendo las mejoras necesarias para lograr la readaptación del condenado y el adecuado tratamiento del procesado y la efectiva coordinación de la asistencia post-penitenciaria.
- Los casos de indulto y conmutación de pena.
- La implementación y coordinación del Programa de Saneamiento de Títulos y anotación de Posesiones sobre parcelas rurales y semi-rurales y la ejecución de todas las acciones previstas en la Ley N° 9150 o la que en el futuro la reemplace.
- Las cuestiones institucionales en que estén en juego los derechos y garantías fundamentales de los habitantes de la Provincia.
- La Junta de Calificaciones de Jueces de Paz..
- La organización, dirección y fiscalización de la Dirección del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas.
- La relación con las asociaciones profesionales de trabajadores y de empleadores.
- El ejercicio del poder de policía en todo el territorio provincial conforme a las atribuciones, derechos y facultades otorgadas por la legislación vigente y ser Autoridad de Aplicación de todas las normas específicas referidas a su competencia.
- Elaboración y desarrollo de políticas públicas en materias de competencia provincial en la temática relacionada a las relaciones laborales y de higiene y seguridad en el trabajo.
- Elaborar estadísticas y llevar registros vinculados a la temática de las relaciones laborales y de higiene y seguridad en el trabajo en el ámbito provincial.
- Realizar convenios y acuerdos con las Autoridades Nacionales y de las demás Provincias, en materia laboral y de seguridad e higiene en el trabajo.
- Formalizar acuerdos y llevar adelante relaciones institucionales con entidades sindicales de trabajadores y que no hayan sido confiadas a otro Ministerio.
- Fomentar, promover y propiciar en toda instancia la vía del diálogo y del acuerdo como medio de resolución de conflictos en las materias de su competencia.
- Evacuar las consultas que le formulen en la temática de su competencia, los demás Ministros, Presidentes de las Agencias, Sociedades y Empresas del Estado, entes centralizados, descentralizados y autárquicos.
- Representar a la Provincia de Córdoba ante los organismos nacionales o regionales en materia de relaciones laborales.
- Elaborar, dirigir y controlar los programas y políticas de seguridad vial.
- Articulación de acciones que propendan la mejora de las relaciones personales y/o institucionales de particulares entre sí, y con organismos públicos o privados en todas sus instancias para una mejor convivencia ciudadana.
- Diseño de políticas públicas y generación de acciones que impulsen la participación activa y responsable de la ciudadanía en relación a sus competencias cívicas.
- Formulación de acciones y políticas públicas que incidan de manera directa en el ordenamiento cívico, y en especial la prevención de accidentes de tránsito en las rutas de la Provincia, cimentadas en los pilares básicos que informan a la ley 8560 y sus modificatorias.
- Generación de compromisos de la sociedad civil, a fin de favorecer la cohesión social.
- Diseño de políticas públicas inclusivas e interinstitucionales, que favorezcan la formación y fomento de valores facilitadores para la convivencia y la promoción de prácticas de «buena ciudadanía”.
- Promoción de acciones que propendan entre la ciudadanía valores como la solidaridad, la tolerancia, el respeto, la justicia, el diálogo y la paz, orientados al sostenimiento de la democracia. de